• El jefe de la Asamblea Nacional (AN) de Venezuela, Juan Guaidó, se proclama presidente interino durante un mitin opositor en Caracas, 23 de enero de 2019. (Foto: AFP)
Publicada: sábado, 26 de enero de 2019 10:53

La autoproclamación del opositor Juan Guaidó como presidente interino de Venezuela contraviene la Constitución que rige el país sudamericano desde 1999.

El anuncio de Guaidó, presidente de la Asamblea Nacional (AN) —declarada en desacato y de mayoría opositora— fue apoyado desde EE.UU. y algunos otros países. Para Caracas, la medida no fue más que una intentona “golpista” orquestada desde Washington a fin de derrocar al Gobierno legítimo de Nicolás Maduro.

La medida del joven opositor, no obstante, va en contra de los artículos 333, 350 y 233 de la Carta Magna de Venezuela y viola el Estado de Derecho en este país, se lee en un artículo publicado el viernes en el canal local Telesur TV.

El artículo 233 de la Carta Magna establece que en caso de muerte, renuncia o destitución del presidente decretado por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ); su incapacidad física o mental permanente; abandono del cargo; o la revocación popular del mandato, son las únicas causas para determinar la “falta absoluta” del jefe de Estado en ejercicio del poder constitucional, y proceder a la convocatoria de una nueva elección mientras el titular de la Asamblea Nacional (AN) se encarga interinamente de la presidencia.

No obstante, lo ocurrido actualmente en Venezuela no coincide con ninguno de estos requerimientos, sumado a que a los efectos legales Guaidó tampoco es el presidente de la AN, pues el Poder Legislativo entró en desacato judicial en enero de 2016. Desde entonces, todo acto emanado desde la AN es considerado nulo por la Justicia.

 

El artículo 333 determina que todo ciudadano “tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento” de la vigencia de la Constitución en caso de que ésta fuera derogada por un “acto de fuerza”. En este sentido, la Constitución de 1999 está en plena vigencia mientras la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) redacte una nueva Carta Magna.

El tercer artículo que confirma la ilegalidad de la autojuramentación de Guaidó es el 350, lo cual llama a desconocer “cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos”. En este caso, el único presidente legítimo y democrático de Venezuela es Maduro quien fue reelecto en unos comicios transparentes, cuyos resultados fueron reconocidos por los candidatos opositores que participaron, acompañantes y observadores internacionales.

Pese al respaldo a Guaidó de EE.UU. y algunos de sus aliados, otros —como Bolivia, Cuba, México, Irán, China, Siria, Turquía y Rusia— han insistido en que respetan a las autoridades salidas de las urnas, en referencia a Maduro.

La Diplomacia iraní ha prometido apoyar a la nación y el Gobierno de Venezuela frente a toda “intervención extranjera o golpe de Estado”, y ha apostado por resolver la discordia existente “por vías pacíficas, mediante el diálogo y por parte del propio pueblo y el Gobierno venezolanos”.

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